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Constitución Artículo 73 bis Estado de Yucatán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Constitución Yucatán
Artículo 73 bis.

En los términos previstos por esta Constitución, se establece un Sistema Integral de Justicia para las personas que tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad, a las que se les atribuya o se les declare responsables de conductas tipificadas como delitos en las disposiciones penales del Estado.

La procuración, impartición y acceso a la justicia para adolescentes estará a cargo de la Fiscalía General del Estado, de la Sala Especializada, de los jueces en materia de Justicia para Adolescentes del Poder Judicial del Estado, y del Instituto de la Defensoría Pública del Estado. La ejecución y supervisión de las medidas estará a cargo del Centro de Aplicación de Medidas y la Dirección de Ejecución, Prevención y Reinserción Social, en los ámbitos de sus competencias, los que serán órganos especializados en la materia.

Los procedimientos seguidos a los adolescentes, tendrán como principios rectores: el de interés superior, el debido proceso legal, confidencialidad, oportunidad, proporcionalidad y protección integral.

En los términos y condiciones de Ley, se aplicarán medidas de orientación, protección y tratamiento externo o en internamiento que amerite cada caso, con el fin de lograr la reincorporación social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades.

El internamiento se utilizará como medida extrema, en el menor tiempo posible, y se aplicará a los adolescentes mayores de catorce años de edad, por la comisión de conductas calificadas como delitos graves en la ley de materia.



Estado de Yucatán Artículo 73 bis Constitución
Artículo 1 ...72 73 73 bis 73 ter 74 ...109

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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